Trabajo aprobará de forma inmediata el registro horario digital para vigilar 2,5 millones de horas extra
El Ministerio de Trabajo llevará al Consejo de Ministros la aprobación del nuevo registro de jornada digital de forma inmediata, una vez que culmine la incorporación de las últimas correcciones normativas al texto. Este paso adelante del proyecto legal encabezado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se produce tras cerrar de manera definitiva el acuerdo político con el Ministerio de Economía y el PSOE, según recoge EmpleoJob, poniendo fin a meses de paralización motivados por diversos reparos jurídicos.

La vuelta de las vacaciones ha arrancado con un ritmo intenso en el departamento laboral del Gobierno, donde conviven diversas propuestas de reformas como la revisión de la indemnización por despido improcedente o las medidas ya aprobadas para blindar el periodo de prueba. En este contexto, el sistema telemático para fichar en las empresas vuelve a situarse en primera línea tras superar el bloqueo que impidió sacarlo adelante antes del periodo estival.
La superación del dictamen del Consejo de Estado y el pacto de Gobierno
El camino de esta normativa no ha estado exento de dificultades técnicas. La tramitación del futuro Real Decreto sufrió un frenazo notable debido al dictamen emitido por el Consejo de Estado, órgano que llegó a manifestar que «no procede aprobar» el proyecto bajo los términos iniciales en los que había sido redactado por el departamento laboral.
El máximo órgano consultivo cuestionó con firmeza la vía reglamentaria elegida para acometer varias de las transformaciones previstas, lo que obligó al equipo técnico del Ministerio de Trabajo a replantear la arquitectura del texto. Las dudas sobre el alcance legal de los cambios introducidos mediante un decreto exigieron una revisión minuciosa para dotar a la norma de la seguridad jurídica necesaria.
A estas objeciones se sumó el posicionamiento de las organizaciones sindicales. Desde UGT se reclamó con insistencia que todos los ajustes advertidos durante el procedimiento quedasen debidamente resueltos antes de dar luz verde a la norma, con el propósito de evitar que el futuro marco regulatorio termine siendo recurrido con éxito ante los tribunales por la patronal. Una vez zanjadas las discrepancias políticas internas entre los socios gubernamentales, la ministra confirmó que la adaptación técnica encara ya sus compases finales.
Cómo funcionará el nuevo registro frente al formato en papel
La obligación de contabilizar el tiempo de trabajo no es una novedad en el marco laboral español. Desde el año 2019, las empresas están obligadas a llevar un seguimiento de la jornada de sus plantillas en virtud de lo establecido en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Este precepto exige reflejar con exactitud la hora de entrada y de salida de cada empleado, guardando los datos durante un plazo legal de cuatro años para que estén accesibles a la plantilla, a la representación legal y a la autoridad laboral.
La modificación sustancial que plantea el Ejecutivo radica en el soporte y en la transparencia del proceso. El plan de Trabajo busca erradicar las hojas de papel y los mecanismos manuales, sustituyéndolos por un formato digital en el que cada trabajador fiche de manera personal y directa tanto al inicio como a la conclusión de su turno laboral.
El diseño normativo exige, asimismo, registrar de forma diferenciada todas aquellas interrupciones o pausas que afecten directamente al cómputo de la jornada efectiva. Del mismo modo, el sistema informático deberá clasificar y separar con claridad las horas ordinarias, las horas extraordinarias y las horas complementarias para impedir manipulaciones posteriores.
Control horario: marco legal actual frente a la reforma digital
Las diferencias operativas entre la normativa vigente derivada de la reforma de 2019 y las exigencias que incorporará el futuro decreto digital se sintetizan en los siguientes aspectos:
| Aspecto regulado | Normativa actual (art. 34.9 ET) | Futuro Real Decreto digital |
|---|---|---|
| Soporte de registro | Permite sistemas en papel y formatos manuales. | Obligatoriedad de formato digital y telemático. |
| Forma de fichaje | Registro general de entrada y salida diaria. | Fichaje personal y directo, computando interrupciones. |
| Desglose horario | Cómputo genérico de jornada diaria. | Diferenciación de horas ordinarias, extras y complementarias. |
| Acceso de la Inspección | Presencial en centros de trabajo o requerimiento documental. | Acceso remoto y telemático en tiempo real sin cita previa. |
| Información salarial | Disponibilidad general de registros durante 4 años. | Totalización de horas extra y entrega de resumen en nómina. |
Vigilancia telemática para la Inspección de Trabajo
Uno de los cambios más profundos del nuevo marco afectará a la labor inspectora. La digitalización permitirá que la Inspección de Trabajo pueda conectarse telemáticamente a las plataformas de control horario de las empresas, prescindiendo de la necesidad obligatoria de personarse físicamente en las oficinas o naves industriales para comprobar los datos.
Este sistema de consulta a distancia pretende atajar prácticas empresariales habituales, como alegar ante una visita de los subinspectores o inspectores que la documentación no se encuentra físicamente en el centro de trabajo. En esos supuestos, las compañías solían ser citadas con posterioridad para presentar los documentos en las sedes administrativas, lo que abría una ventana temporal susceptible de modificaciones en las planillas horarias para eludir sanciones.
En el ámbito sancionador, la legislación mantiene las responsabilidades diferenciadas. Es la Inspección de Trabajo quien sanciona a las compañías que no disponen de un sistema adecuado o incurren en infracciones sobre la jornada. Por el contrario, los empleados que desatiendan la obligación de registrar su entrada y salida no se enfrentan a multas públicas de 7.500 euros, sino a las posibles medidas disciplinarias que la propia empresa pueda imponerles en el ejercicio de su potestad interna.
El objetivo de frenar 2,5 millones de horas extra sin remunerar
La insistencia del Ministerio de Trabajo en sacar adelante esta reforma se fundamenta en el elevado volumen de trabajo realizado fuera de contrato. Según los datos aportados por la ministra Yolanda Díaz, en España se efectúan aproximadamente 2,5 millones de horas extraordinarias sin pagar cada semana, una cifra que repercute de forma negativa en las cotizaciones y perjudica la competencia frente a las empresas cumplidoras.
Cuando los excesos horarios llegan a los tribunales, el impacto económico para las organizaciones infractoras resulta considerable. Como muestra reciente, la Justicia ratificó en Málaga una indemnización de 20.107 euros en favor de una trabajadora de un bazar tras demostrar que realizó 861 horas extraordinarias a lo largo de un año, encadenando jornadas que rondaban las diez horas diarias.
No obstante, la vía de la reclamación individual exige rigor probatorio. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha determinado que la simple ausencia o deficiencia del registro de jornada en una empresa no presupone de forma automática que todas las horas extras exigidas por un trabajador hayan sido efectivamente trabajadas. Por este motivo, el empleado sigue teniendo la carga de aportar indicios que acrediten el exceso de dedicación.
Para simplificar este control documental, la futura norma exigirá que las horas extraordinarias registradas se totalicen al cierre de cada periodo de retribución. Con ello, las empresas estarán obligadas a entregar a cada persona trabajadora un resumen de esos excesos junto a su correspondiente recibo de salarios.
Lo esencial
- Aprobación inminente: El Gobierno llevará al Consejo de Ministros el registro horario digital en cuanto finalicen los cambios jurídicos tras el dictamen del Consejo de Estado.
- Acuerdo interno: El texto cuenta con el consenso cerrado entre el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Economía y el PSOE, atendiendo a las advertencias de UGT para blindarlo ante la patronal.
- Fichaje directo y digital: Se sustituye el soporte en papel por un registro telemático donde cada empleado fichará de forma personal, diferenciando horas ordinarias, extraordinarias, complementarias e interrupciones.
- Acceso de la Inspección: Los inspectores de trabajo tendrán acceso telemático directo a los registros sin necesidad de desplazarse físicamente a las sedes de las empresas.
- Volumen de horas: La reforma busca combatir los 2,5 millones de horas extraordinarias no remuneradas semanales y exigirá incluir un resumen horario junto con la nómina.
Redacción YolMaret TV.